GESTION DE LA APLICACION DE JUSTICIA EN TACNA Y APLICACION DE LAS TICS EN EL PODER JUDICIAL
De mano con el Derecho
martes, 4 de diciembre de 2018
martes, 27 de noviembre de 2018
TELETRABAJO
TELETRABAJO
I.
INTRODUCCION:
Hoy en día hay
una forma interesante de usar la tecnología como medio facilitador para el
trabajo y sus relaciones; la denominada Teletrabajo.
El teletrabajo, o también llamado trabajo
a distancia, facilita trabajar en un lugar diferente a la oficina o el centro comúnmente
de trabajo. El trabajo se realiza en un lugar a distancia de las oficinas
centrales o de las instalaciones de producción, mediante la utilización de las
nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TICs).
Es el trabajo realizado a distancia
utilizando las TICs para vender u ofrecer productos y servicios al mundo. El
concepto a distancia, significa que se puede trabajar desde su casa, la de un
familiar o amigo, un hotel, un restaurante, un ómnibus, un auto, un ciber o
cualquier otro lugar. Las TICs necesarias para estas tareas son básicamente PC,
Internet, celular, teléfono y cámara digital, entre otras. Dentro de Internet
se engloba principalmente la navegación web y el correo electrónico. Y, según
el caso, blogs, sitios web, software de traducción, mensajería instantánea (chat)
y telefonía IP.
Iván López señala que: "En general, parece que la gente piensa
que es menos trabajo si estás en casa. A algunos les cuesta entender que puedes
estar estresado o tener un día muy malo si trabajas a distancia. También es
frecuente que asuman que estás disponible durante tu horario de trabajo para
“hacer alguna cosa” en casa o ir al banco, y similares. Pero eso no es
teletrabajo, es multitarea, u horarios flexibles"
La OIT define el teletrabajo como una
forma de trabajo que se realiza en una ubicación alejada de una oficia central
o instalaciones de producción, separando al trabajador del contacto personal
con colegas de trabajo que estén en esa oficina y como la nueva tecnología hace
posible esta separación facilitando la comunicación.
En otro concepto tenemos que el
teletrabajo es una forma flexible de organización del trabajo que consiste en
el desempeño de la actividad profesional sin la presencia física del trabajador
en la empresa durante una parte importante de su horario laboral. Engloba una
amplia gama de actividades y puede realizarse a tiempo completo o parcial.
II.
DESARROLLO:
1.
¿Qué es el Teletrabajo en Perú?
Teletrabajo
en Perú se conoce como teletrabajo a la modalidad que implica realizar las
labores a distancia, utilizando las tecnologías de la información y las
telecomunicaciones (TICs).
El
teletrabajo es una forma flexible de organización del trabajo que consiste en
el desempeño de la actividad profesional sin la presencia física del trabajador
en la empresa durante una parte importante de su horario laboral. Engloba una
amplia gama de actividades y puede realizarse a tiempo completo o parcial.
Para
un sector, esta modalidad de trabajo, por tratarse de una prestación de
servicios con presencia no física en el centro de labores y otros elementos característicos
de la autonomía, se considera a la subordinación más difícil de identificar.
Inclusive, algunos de los
primeros estudiosos de esta forma de trabajo, llegaron a plantear una supuesta
crisis de la subordinación como criterio de calificación jurídica de las
relaciones sujetas a la protección ofrecida por las normas laborales.
La
actividad profesional en el teletrabajo, implica el uso frecuente de métodos de
procesamiento electrónico de información, y el uso permanente de algún medio de
telecomunicación para el contacto entre el teletrabajador y la empresa.
“En ese aspecto, tanto la empresa
como el trabajador tienen que poner de su parte para mantenerse en contacto. Y
a éste, además, le vendrá bien un cambio de aires aprovechando la flexibilidad
del teletrabajo”; añade
Iván López.
2.
Avance del teletrabajo en el sector
público en el Sector Publico
2.1 Indecopi es la primera entidad estatal que implementa el teletrabajo
Indecopi inició el ‘Piloto de
Teletrabajo’, modalidad laboral que convierte a la institución en la primera
entidad pública que desarrolla este mecanismo de trabajo a distancia.
La modalidad de teletrabajo permitirá
que los colaboradores del Indecopi, que participan en este plan piloto, presten
sus servicios desde fuera del centro de labores y acudir ocasionalmente a la
institución para las coordinaciones necesarias que permitan su normal y
correcto desenvolvimiento.
No obstante, siempre estarán bajo
supervisión, a fin de que la institución pueda asegurar el cumplimiento del
trabajo asignado, así como el cumplimiento de los objetivos institucionales
trazados.
Por otro parte, para Javier Thibaul
“el nuevo modo de organización de la actividad laboral que representa el
teletrabajo no elimina la noción misma de subordinación, que toma, si acaso,
otra forma, más sutil, más difusa: la subordinación deviene en
telesubordinación”
Esto permitirá que los colabores
asignados para estas funciones puedan tener una mejor calidad de vida familiar,
social y educativa, puesto que podrán dedicar mayor tiempo a la familia y gozar
de momentos libres; también contarán con una motivación constante y mayor
energía para el trabajo, lo que redundará en un mejor desempeño y productividad.
Asimismo, el Indecopi durante este
piloto hará un mejor uso de las tecnologías de la información y comunicación,
contribuyendo con el cuidado del medio ambiente al hacer menor uso de papel y
reduciendo el tiempo de traslado de los trabajadores al centro de labores.
“Poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren
de discriminación o situaciones de desprotección; niños, niñas, adolescentes,
adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos,
con el objetivo de garantizar sus derechos, con visión intersectorial”.
3.
Avance del teletrabajo en el sector
público en el Sector Privado
3.1. El Teletrabajo.-
Es una forma de prestación de
servicios de carácter no presencial en jornadas ordinarias y especiales de
trabajo a través de la cuales el trabajador/a realiza sus actividades fuera de
las instalaciones del empleador, siempre que las necesidades y naturaleza del
trabajo lo permitan, haciendo uso de las tecnologías de la información y
comunicación (TIC), tanto para su gestión como para su administración y
control.
3.2. Formas.-
El teletrabajo podrá prestarse de las siguientes formas:
3.2.1. Permanente: Se realiza siempre fuera de las instalaciones donde el empleador realiza
sus actividades, utilizando medios y recursos tecnológicos de información y
comunicación; el teletrabajador/a puede asistir a las instalaciones de la
empresa para quien presta sus servicios, cuando sea requerido por el empleador.
3.2.2. Parcial:
Se realiza fuera del lugar habitual del empleador hasta un máximo de 24 horas
semanales y el resto de horas se prestan los servicios en las instalaciones del
empleador.
3.3. Contrato de teletrabajo.-
El contrato de teletrabajo debe
celebrarse por escrito y contener, a más de los requisitos establecidos en el
Código del Trabajo, los siguientes:
a) La descripción clara de las labores
a realizarse, condiciones de ejecución, remuneración y otros beneficios e
información relevante relacionada a esta forma de trabajo;
b) Identificación de los instrumentos
que utilizará el empleador para la supervisión y control del trabajo;
c) Identificación de los instrumentos
de trabajo que utilizará el teletrabajador/a y determinación de la parte
responsable de la provisión, instalación y mantenimiento de los equipos de
trabajo;
d) La unidad organizacional o
departamento al cual pertenece el teletrabajador/a -de ser el caso- así como el
señalamiento del nombre y cargo de su inmediato superior u otras personas a las
que puede dirigirse para informarse sobre temas profesionales o personales;
e) En el caso de los
teletrabajadores/as parciales, los días en los que se ejecutará el trabajo a
través de esta forma o la forma de determinarlos;
f) Modalidades de entrega de informes
de trabajo; y,
g) Demás particularidades del
teletrabajo dependiendo de la labor que se trate.
3.4. Naturaleza.-
La aplicación de esta forma de
prestación de servicios es voluntaria, y para su implementación deberá existir
el acuerdo entre las partes, el cual debe constar por escrito en el contrato
que se suscriba para este efecto. El teletrabajo puede acordarse como parte de
la descripción inicial de la modalidad de trabajo o puede incorporarse
posteriormente
III.
Modalidades del teletrabajo

3.1. Teletrabajo Autónomo: Trabajadores independientes o
empleados que se valen de las TIC para el desarrollo de sus tareas,
ejecutándolas desde cualquier lugar elegido por él.
3.2. Teletrabajo Suplementario: Trabajadores con contrato laboral
que alternan sus tareas en distintos días de la semana entre la empresa y un
lugar fuera de ella usando las TIC para dar cumplimiento. Se entiende que
teletrabajan al menos dos días a la semana.
3.3. Teletrabajo Móvil: Trabajadores que utilizan
dispositivos móviles para ejecutar sus tareas. Su actividad laboral les permite
ausentarse con frecuencia de la oficia. No tienen un lugar definido para
ejecutar sus tareas.
IV.
Teletrabajo ventajas y desventajas
4.1.
Ventajas del teletrabajo:
·
Autonomía.
Probablemente
es la ventaja más evidente del teletrabajo (más aún que el pijama y las
pantuflas). La libertad para organizar el tiempo que se dedica al trabajo
aumenta, lo que conlleva disponer de más espacio para disfrutar de otras
facetas de la vida -que también las hay- como las aficiones o las amistades.
Para
muchas personas, el teletrabajo puede suponer una ocasión única para conciliar
la vida profesional con la familiar, algo que puede resultar de enorme valor.
Dicha
autonomía puede permitir también utilizar formas mixtas de teletrabajo, como
por ejemplo iniciar la jornada laboral en casa y desplazarse al puesto de
trabajo en horarios en los que el tráfico esté menos congestionado; o también
situar tu centro de trabajo en distintos lugares (un aeropuerto, un parque, o
incluso la playa del anuncio).
Además,
gracias a la autonomía que permite el teletrabajo, el “presentismo” -ese vicio
tan extendido que supone estar en el puesto de trabajo, pero sin trabajar- se
reduce a la mínima expresión.
·
Ahorro
en desplazamientos.
En
grandes ciudades -y también en no tan grandes-, trasladarse al centro de
trabajo puede consumir varias horas cada día. Al no tener que desplazarse al
lugar de trabajo, se ahorra una gran cantidad de tiempo que se puede dedicar a
otros menesteres. Además, se economizan gastos derivados del desplazamiento
-como ya sabrás, tanto el vehículo privado como el transporte público cuestan
dinero-, se reduce el estrés y se contamina mucho menos. Tu bolsillo, tu salud
y el planeta te lo agradecerán.
·
Mejorará
la opinión del trabajador respecto a la empresa.
Dado
que el trabajo a distancia origina una serie de importantes ventajas, lo normal
es que ello influya en la valoración que el empleado haga tanto de la empresa
como de su puesto de trabajo. Un trabajador que sepa que podrá tener
disponibilidad para ocuparse de su familia si surge algún imprevisto (el niño
se ha puesto malito, por ejemplo), lo tendrá muy en cuenta a la hora de valorar
sus condiciones de trabajo.
·
Puede
aumentar la productividad.
Las
ventajas que ofrece el teletrabajo deberían mejorar el estado de ánimo, lo que
podría generar un aumento de la productividad si el trabajo a distancia se
estructura con sentido. Aunque no es una regla estricta, el teletrabajo
encontrará frecuentemente su mejor hábitat en el trabajo por objetivos, por lo
que trazarlos bien puede suponer un aumento importante en el rendimiento. Si tu
trabajo o el de tu empresa puede organizarse en base a proyectos, puedes echar
un vistazo a Integria IMS. Integria IMS es una herramienta desarrollada por
Ártica Soluciones Tecnológicas, la creadora de eHorus, que incluye, entre otras
funcionalidades, una herramienta de gestión de proyectos.
En ese
sentido, otros indicios que nos permitirán identificar a la subordinación podemos
mencionar a: la obligación de poner a disposición la actividad del trabajador
en todo momento, la capacidad del empleador de poder dirigir como se realiza la
prestación de las labores, las políticas de prestación de servicios, el pago de
licencias remuneradas, los controles estrictos en cuanto al tiempo y modalidad
de producción, etc.
·
Reduce
costes en infraestructura.
Tanto
el dinero dedicado al espacio de trabajo en la empresa como otros gastos que
vienen asociados al trabajo presencial -consumo de electricidad, calefacción,
equipos informáticos, etc.- se verán reducidos.
·
Permite
integrar a personas con discapacidad.
Esta
es otra ventaja que merece ser tenida en cuenta. Las personas que tienen en
contra dificultades para desplazarse al centro de trabajo podrían ver en el
teletrabajo una oportunidad de la que tal vez no hubieran dispuesto hace sólo
unos años. En muchas ocasiones, estas personas serán una gran aportación para
la empresa.
·
Atrae
más talento.
Facilitar
el trabajo a distancia hará que el puesto de trabajo sea más valorado en
general, y puede conseguir que gente que difícilmente trabajaría en la empresa
-por ejemplo, porque resida en una población lejana al centro de trabajo- lo haga
encantada. Por fin podrás intentar contratar a ese programador del vaticano del
que tan bien te habían hablado.
4.2.
Desventajas del teletrabajo:
·
A
veces no resulta fácil desconectar.
Juntar
en un mismo espacio el trabajo y la vida personal puede dificultar la
separación entre lo uno y lo otro. Por eso, y para no acabar derramando la sopa
encima del ordenador, es mejor dedicar un lugar determinado dentro de la casa
para el trabajo -una “minioficina”- y marcarse horarios (¡y respetarlos!).
·
Puede
descender el rendimiento laboral.
Según
las características de la actividad, el control de la cantidad y calidad del
trabajo puede ser difícil de llevar a cabo, por lo que la productividad, al
igual que podría subir, también podría descender.
·
El
trabajador podría identificarse menos con la empresa.
Al
trabajar a distancia, el empleado puede sentirse ajeno al equipo, lo que
conlleva una menor compenetración con los objetivos del negocio. No obstante,
existen métodos para contrarrestar este problema e integrarle en el grupo. Sé
imaginativo.
·
Se
generan algunos gastos para el trabajador.
Una parte
de los gastos que ahorra la empresa -no necesariamente todos- se pueden ver
desplazados hacia el trabajador. Por ejemplo, es probable que gaste más dinero
en calefacción o en electricidad. Esto debería ser tenido en cuenta.
Para Iván López "(…)
lo mejor es el silencio. Y poder evitar interrupciones cuando lo necesitas. Y
la posibilidad de elegir tu horario, dentro de unos límites razonables, para
conciliar con la vida personal (...). Poder vivir donde quieras, trabajando
para empresas de primer nivel, es lo mejor del teletrabajo en sí. Y diariamente
ahorras mucho tiempo y dinero en desplazamientos".
5.
CONCLUSION:
Para quienes cambian ir todos los días a la oficina por
trabajar desde casa, o en remoto, es una opción que tiene tanto sus ventajas
como sus inconvenientes. Estar fuera de la oficina, aunque los trabajadores se
conecten a través de diversas herramientas, puede provocar también cierta
sensación de aislamiento.
El teletrabajo es hoy en día una buena alternativa para
ingresar al ámbito laboral si no se tiene el tiempo para ir a una oficina y
cumplir un horario, haciendo que la persona se haga responsable ya no por
cumplir un horario y preocuparse solo por recibir un salario por estar en una
empresa, si no que al tener que manejar su propio tiempo se incentiva a
trabajar por su labor y no por un horario.
Logra que las personas que no tienen una formación académica extensa,
pero si un conocimiento en el manejo de las tics y se destaquen por tener un
perfil claro de ser autónomos, personas que no tengan problemas de trabajar sin
un jefe todo el tiempo logren tener acceso a una labor bien remunerada a comparación
de empleos presenciales que buscan profesionales con una hoja de vida excelente
y solo involucran a personas con cierto perfil. El teletrabajo es además una
forma de empleo que beneficia principalmente a mujeres, jóvenes y personas con
alguna discapacidad, pero que también muestra ventajas económicas, sociales e
incluso medioambientales, es una alternativa para abaratar costos en las
empresas.
6. FUENTES:
Ø http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/viewFile/18823/1903
DIAPOSITIVAS
martes, 20 de noviembre de 2018
lunes, 29 de octubre de 2018
CIBERCRIMEN
CIBERCRIMEN
1. EL CASO
RANSOMEWARE. ¿EN QUÉ CONSISTE ESTE TIPO DE ATAQUE COMBINADO? ¿SOLO HACKEO?
¿SOLO CRACKEO? ¿QUÉ BIEN O BIENES JURÍDICOS DE TUTELA PENAL SE HAN
INFRACCIONADO?

Este tipo de malware suele
dañar el equipo y los datos que este contiene. Puede haber cifrado los
documentos y exigir el pago de un rescate para desbloquear el acceso a ellos.
Los códigos que actúan de este modo se conocen como filecoder (codificador de
archivos).
La forma de infección más
usual es a través de la apertura de archivos adjuntos de correos electrónicos
no solicitados o al hacer clic en vínculos que aseguran provenir de entidades
bancarias o de empresas de mensajería. También se encontraron versiones de
Cryptolocker que se distribuyeron a través de redes peerto-peer (P2P) para
compartir archivos, haciéndose pasar por claves de activación para programas
populares de software como Adobe Photoshop y Microsoft Office.
En la mayoría de los
ataques, hay una fecha límite para realizar el pago: si el mismo no se realiza
a tiempo, se podría perder el acceso a los archivos de manera permanente.
Además del cifrado de
archivos, también existe el ransomware del tipo LockScreen, que bloquea el
equipo e impide que se lo utilice hasta que se realice el pago del rescate.
Este malware a veces utiliza trucos psicológicos para engañar a la víctima y
apresurar el pago. Por ejemplo, en algunas ocasiones, el mensaje de la pantalla
de bloqueo se hace pasar por un aviso de la fuerza de policía nacional donde se
indica que las autoridades demandan el pago de una multa porque se encontraron
en el equipo imágenes de abuso a menores o de zoofilia, evidencia de haber
visitado sitios web ilegales, o software pirata.
Son muchas las personas que deciden pagar estos rescates ya que muchas veces no cuentan con una copia de seguridad (backup) verificada desde la cual restaurar sus archivos confidenciales o corporativos. A los usuarios corporativos quizás no les preocupe demasiado el malware de pantalla de bloqueo; después de todo, con
suerte tienen copias de seguridad y acceso a otros equipos de hardware. Pero es
fácil imaginar a los usuarios domésticos, intimidados por las falsas amenazas
de la policía o la mención de imágenes de abuso a menores, finalmente pagando
el rescate en vez de llevar el equipo a la tienda local de reparación de
computadoras.
El pago del rescate no
significa que la víctima recuperará sus archivos ni que esté fuera de peligro.
Los criminales pueden dejar malware en el equipo e identificar al usuario como
uno dispuesto a pagar dinero en efectivo para recuperar el acceso al equipo o a
los datos. En resumen, el pago del rescate podría favorecer otro ataque en el
futuro. Es por esta razón que desde ESET no recomendamos el pago. No hay forma
de evitar que los atacantes exijan más dinero ni que se vayan a recuperar los
archivos. Y mediante el pago del rescate se está ayudando a crear un nuevo mercado
para los cibercriminales, lo que puede conducir a más ataques cibernéticos de
ransomware y de otros tipos en el futuro. Lo recomendable es adquirir una
conducta más segura: tener solución de protección y llevar a cabo un régimen
apropiado de creación de copias de seguridad para la recuperación de los
archivos esenciales en caso que la empresa sufriera algún tipo de incidente.
En la mayoría de los casos,
un buen software de seguridad tendría que ser capaz de quitar el ransomware del
equipo. Pero ahí no se termina el problema, porque si se trata de un filecoder,
los archivos seguirán cifrados. El software de seguridad puede llegar a
descifrar la información confidencial si se utilizó un filecoder básico en el
ataque, pero los archivos que fueron atacados por un tipo más sofisticado de
ransomware como Cryptolocker son imposibles de descifrar sin la clave correcta.
Por este motivo, la mejor medicina es la prevención.
En general, la recuperación
es más difícil en ataques de ransomware de cifrado de archivos que en otros
tipos. Sin embargo, si existe una copia de seguridad que no fue alcanzada por
el ataque, no será muy difícil volver a dejar todo listo y funcionando
rápidamente. En definitiva, el peor tipo de malware siempre es el que infectó
el equipo.
En teoría, no hay nada que
detenga a los cibercriminales para escribir ransomware dirigido a cualquier sistema
operativo, aunque la mayoría de los ataques son dirigidos a usuarios de
Windows. De todas maneras los investigadores de ESET han encontrado familias de
ransomware orientadas a smartphones con el sistema operativo Android y también
existe ransomware para iOS.
Entre los más habituales,
existen nueve tipos de ransomware:
- Jigsaw: Elimina
archivos periódicamente para que la necesidad de pagar un rescate cada vez
sea mayor. Cada hora que transcurre sin que la víctima pague el rescate, se
elimina un archivo cifrado del ordenadores o equipo.
- Petya: Cifra
unidades enteras de archivos que contiene toda la información de cómo se
asignan los archivos y carpetas de un ordenador.
- Kimcilware: Este
tipo de ransomware cifra los datos de los servidores web. En vez de atacar
el equipo, ataca a los servidores dejando inoperativa la web.
- DMA Locker, Locky,
Cerber y CryptoFortress: Cifran los datos en unidades red.
Incluso cuando éstas no se encuentran almacenadas en una red de acceso local.
- Maktub: Puede
comprimir todos los archivos antes de cifrarlos. Se distribuye a través de
corres spam.
- En la nube: Elimina
o sobreescribe las copias de seguridad en la nube almacenada en cierto
ordenador.
- SimpleLocker, Linux.Encoder.1
y KeRanger: Uno de los más peligrosos. Puede
acceder a tu dispositivo para bloquearlo parcial y totalmente. Es específico
para cada sistema operativo.
- Cerber: Puede
llegar a ser tenebroso. Activa el altavoz de tu equipo y empieza a enviar
mensajes de audio a las víctimas.
- Tox: Bloquea
y cifra tus archivos. En este tipo cada ciberdelincuente diseñe su propia
amenaza.
2. DE HABER OCURRIDO EL ATAQUE A UNA EMPRESA PERUANA DE LA QUE UD. ES
EL JEFE DEL DEPARTAMENTO INFORMÁTICO. ¿QUÉ MEDIDAS LEGALES TENEMOS PARA
CONTRARRESTAR SUS EFECTOS?

Tal legislación debe cumplir
con varios requisitos:
- Debe ser lo suficientemente neutral
(tecnológicamente) como para responder a la evolución constante del crimen
y la tecnología, ya que de no ser así corre el peligro de volverse
obsoleta para cuando entre en vigor.
- Los poderes para la aplicación de la ley
deben estar sujetos a salvaguardias con el fin de garantizar el
cumplimiento de los requerimientos del Estado de derecho y de los derechos
humanos.
- Debe operar con suficiente armonía o por
lo menos ser compatible con las leyes de otros países para permitir la
cooperación internacional; por ejemplo, el cumplimiento con la condición
de la doble criminalidad.
Para
evitar los ataques de virus para una empresa, se debe realizar un plan ante
desastres, realizando todas las acciones y actividades de antes, durante y
después necesarias para cuando se presente un desastre (en este caso, el ataque
del virus ransomware).
Primero, se debe realizar las medidas antes del desastre, para evitar ataques a futuro:
- Haz un backup periódico de tus datos
- Filtra los archivos .EXE del correo
electrónico
- Instala las revisiones y actualizaciones
de tu software
- Usa un paquete de seguridad confiable
Segundo,
se debe realizar las medidas durante el desastre, para evitar que el virus se
propague rápidamente en la empresa, como:
- Apagar inmediatamente el equipo tras
detectar la infección y aislarlo de la red.
- Evitar cualquier contacto con la red de
la empresa.
- Evitar dar información o pagos a los
delincuentes.
Tercero,
las medidas a realizar una vez que se haya producido el ataque en una empresa,
deben ser:
- Entrar en modo seguro del sistema y
proceder a recuperar las Volume Shadow Copies.
- Proceder a la restauración de las copias
de seguridad.
- Intentar recuperar los archivos con
herramientas forenses (HELIX Realizando estas medidas después del
desastre, se espera recuperar la mayor parte de información.
Por
último, se deben realizar medidas legales contra los delincuentes, como lograr
escanear de donde se ha producido el ataque y demandar legalmente ante
instancias internacionales (cuando el ataque es fuera del país) o instancias
nacionales (cuando el ataque es dentro del país), ya que el bien jurídico de
tutela infraccionado es la información. En la actualidad sabemos que la
información es tan importante para una empresa, que, sin ella, la empresa no
puede realizar sus operaciones y así fracasar (perder ingresos).
Para
hacer frente a los delitos cibernéticos es necesario destacar algunos consejos
que siempre deben seguir.
· Fuerte Contraseña. Utilice siempre diferentes
contraseñas para diferentes cuentas de su propiedad y nunca cometa el error de
escribirla físicamente sobre un pedazo de papel ni en cualquier lugar. Siempre
debe cambiar su contraseña con regularidad y asegúrese de que su dispositivo
está completamente protegido.
· El uso de redes sociales con cautela. Sea
sensato al publicar cualquier cosa en redes sociales. Una vez el contenido está
en internet, se queda allí para siempre.
· Proteja su información personal identificable.
Tenga cuidado al revelar información personal como nombre, dirección, número de
teléfono o información financiera en internet. Utilice siempre un sitio web
seguro para sus transacciones en línea.
· Evite ser estafado. Piense varias veces antes
de hacer clic en cualquier enlace que le pide cualquier información personal.
Verifique la fuente, el remitente y, en cualquier caso, nunca responda de forma
directa.
3. ¿EL PERÚ SUSCRIBIÓ LA CONVENCION INTERNACIONAL DE BUDAPEST SOBRE
CIBERCRIMEN? ¿QUÉ VENTAJAS TIENE EL SER MIEMBRO DE ESTE ENTE SUPRANACIONAL?
A través del Convenio de
Budapest sobre el Delito Cibernético existe una directriz internacional,
también ampliamente utilizada en las Américas, que ayuda a los países a cumplir
estos requerimientos. En referencia a la ley sustantiva, requiere que las
partes penalicen el acceso ilícito, la interceptación ilegal, la interferencia
de datos, la interferencia de sistemas, el uso indebido de aparatos, la
falsificación informática, el fraude informático, la pornografía infantil y
delitos relativos a las infracciones en materia de derechos de autor y derechos
relacionados.
El Convenio de Budapest, por
lo tanto, puede servir de lista de verificación para el desarrollo de leyes
internas sustantivas y procesales relativas al delito cibernético y la
evidencia electrónica. Tal parece que más de 130 Estados en el mundo lo han
usado como directriz de una forma u otra. Sin embargo, el Convenio en su
totalidad es un documento balanceado, juicioso y coherente y debe considerarse
preferiblemente como un todo. Para los Estados que se convierten en Partes del
Convenio, el tratado sirve como un marco legal para la cooperación
internacional. El Convenio de Budapest está abierto a la adhesión de cualquier
Estado que esté preparado para implementar sus preceptos. En efecto, varios
países de América Latina y el Caribe han decidido seguir este camino.
Muchos estados
latinoamericanos han logrado adoptar disposiciones de derecho penal sustantivo,
basándose en gran medida en este tratado. El desafío principal de la región
parece ser la adopción de poderes específicos del derecho procesal. Mientras
que los códigos de procedimiento penal tienden a ser más bien modernos, la
aplicación por analogía de disposiciones que funcionan bien en el mundo físico
o la dependencia del principio de libertad probatoria no son suficientes para
abordar los desafíos específicos de la evidencia electrónica.
La búsqueda y captura de datos
y computadores o la interceptación de comunicaciones para propósitos de
justicia penal representan una interferencia con los derechos fundamentales de
los individuos. Tal interferencia debe basarse en disposiciones legales
específicas. La adopción de poderes de derecho procesal, tales como los
previstos por los Artículos 16 a 21 del Convenio de Budapest sujetos a
condiciones y salvaguardias ayudarán en el cumplimiento de los requerimientos
del Estado de derecho y de los derechos humanos.

Los principales objetivos de
este tratado son los siguientes:
a) La armonización de los elementos nacionales
de derecho penal de fondo de infracciones y las disposiciones conectados al
área de los delitos informáticos.
b) La prevención de los poderes procesales del
derecho penal interno es necesaria para la investigación y el enjuiciamiento de
esos delitos, así como otros delitos cometidos por medio de un sistema
informático o pruebas en formato electrónico.
c) Establecimiento de un régimen rápido y
eficaz de la cooperación internacional.
Perú muestra el interés de pertenecer
a esta convención contra la cibercriminalidad, indicando que no está suscrito
es la Convención de Budapest. Si el Perú se subscribe a esta convención,
tendría las siguientes ventajas o beneficios:
·
Cooperación confiable y eficiente con otras Partes
· La Convención de Budapest sobre la
delincuencia promovería más investigación, enjuiciamiento y resolución de
delitos cibernéticos
· Participación en el Comité de la Convención
Cibercriminal
· Participación en el futuro establecimiento de
normas (Notas de Orientación, Protocolos y otras adiciones al Convenio de
Budapest)
· Mayor confianza del sector privado
· Asistencia técnica y creación de capacidad
4. CONCLUSIONES
Ransomware o malware de
rescate. Como su nombre lo dice es un tipo de malware que impide a cualquier
usuario ingresar a cierto sistema operativo en específico, donde se pueden
encontrar archivos personales, como por ejemplo -en este caso- la cuenta de los
bancos. La metodología consiste en que para liberar el sistema, los hackers exigen
un pago a cambio.
Usualmente los ordenadores se infectan a través de contenido spam
malicioso disfrazado de archivos adjuntos trampa, como PDF o documentos de
Word. También contiene enlaces a sitios web maliciosos.

Este tratado podría garantizarle al Perú la efectiva cooperación
internacional en materia de delito cibernético y evidencia electrónica,
mediante la combinación de la asistencia legal mutua “tradicional” con medios
expeditos para conservar datos en otro país, esto último con el soporte de una
red de puntos de contacto que funcione las 24 horas todos los días de la
semana. De nuevo, el alcance de la cooperación no se limita al delito
cibernético, sino que incluye la cooperación referente a la evidencia
electrónica que se halla en un sistema informático a propósito de cualquier
delito.
5. WEBGRAFIA
- https://hiperderecho.org/2018/07/convenio-cibertdelitos-budapest-peru/
- https://delitosinformaticos.com/04/2015/delitos/prevenir-cibercrimen
- https://blogs.iadb.org/sinmiedos/2016/03/16/2802/
- http://www.eset-la.com/pdf/kit-antiransomware/Guia-Todo_Sobre_Ransomware.pdf
- https://larepublica.pe/economia/1300143-bancos-ataques-ciberneticos-ransomware-reportan-bbva-scotiabank-interbank-cajeros-automaticos-sistema-financiero
MAPA CONCEPTUAL:
JUEGO DE DIAPOSITIVAS:
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